Este es nuestro blog, el de los Trabajadores de Prensa del diario La Nación. Es un espacio que abrimos para compartir información y opiniones sobre lo que nos sucede en nuestro ámbito laboral. Te invitamos a participar.
miércoles, 17 de diciembre de 2014
jueves, 30 de octubre de 2014
Hemos denunciado
Denuncia adjuntada:
Dra.
Veronica Vidal
Secretaria
de Conciliacion
Departeamento
de Relaciones Laborales Nro. 3
Denuncia contra La Nación
Jorge Muracciole, en mi carácter de Secretario Gremial de Unión
Trabajadores de Prensa de Buenos Aires, junto con la Comisión Interna de Prensa
del diario La Nación, en el expediente Nro. 1.512.557/12 , respetuosamente nos
presentamos y decimos:
Objeto:
Que
venimos en tiempo y forma a denunciar ante este Ministerio y a la Dirección del
diario La Nación S.A. al Sr. Marcelo Sajaroff, Gerente de Finanzas del diario
por las razones fácticas y jurídicas que
pasamos a relatar.
Hechos:
El 14 de
agosto, se inicio ante la autoridad ministerial, una denuncia por el
incumplimiento del pago del feriado y por los rumores acerca de recortes en la
dotación del personal. De los temas a
tratar, el que tuvo una respuesta efectiva fue el punto de las presuntas
desvinculaciones (el pedido de pago de los feriados se encuentra en etapa de
negociación). En
dicha audiencia, la empresa incorpora al expediente un mail que hizo circular
el 8 de agosto del presente año a todo el personal en donde afirmaba que se iba
a proceder a realizar “Un plan de
prejubilación para todos los empleados con 57 años de edad y superiores y Un
plan de retiro voluntario para todo el personal comprendido en convenio
(Convenios de Prensa y Gráficos) y con antigüedades en la empresa superiores a
los 5 años de trabajo”. Pero lo mas importante y destacado es que,
según dice el mismo comunicado, “Ambos ofrecimientos estarán abiertos a la consideración de los
grupos de personal mencionados hasta el 15 de septiembre de 2014 y serán de
aceptación individual y voluntaria”.
Si bien se destaca el cumplimiento en general de estas
premisas, el 15 de setiembre, según nos
relata el Sr. Jorge Omar Santangelo, empleado de la sección de finanzas,
se encontraba en su escritorio
realizando sus tarea normal, cuando de pronto se apersono el Sr. Marcelo
Sajaroff, gerente de la sección y sin mediar razones, le pidió que se dirija a
su oficina que quería decirle algo. Una vez dentro, y estando los dos a solas,
Marcelo Sajaroff empezó a indagarlo sobre por qué no se había adherido al
retiro voluntario. El empleado, de muy buen modo, le explico que no era su
intencion adherirse al mismo. Marcelo Sajaroff, no contento con la respuesta de
su empleado, insistió en que era su oportunidad de llegar a un buen acuerdo y en
que fuese ese mismo dia a hablar con RR.HH. a fin de concertar su salida de la
empresa; educadamente, Jorge Santángelo volvió a explicarle que no estaba en
sus planes desvincularse de la empresa; ante esta respuesta, el Sr. Marcelo
Sajaroff volvió a insistir y de muy mal modo le reiteró que debía aceptar el retiro ya que si asi no lo
hiciera, en esta oportunidad, a mas
tardar se iría dentro de 3 o 6 meses. El Sr. Santangelo, al regresar de la reunión,
se encontraba bastante alterado por lo que sus compañeros, al verlo en esa
condición, le pidieron que vaya al servicio medico que la empresa tiene en planta
baja. El médico laboral que lo atendio constató su elevada presión (18/10) por lo
que indicó que se retire a su domicilio. Obviamente, luego de ese hecho, el
empleado se encuentra muy perturbado, dada su incertidumbre dentro de la sección
y dentro de la empresa.
Por otro lado queremos destacar que el sector que dirige
Marcelo Sajaroff ha tenido una gran adhesión al plan de retiros voluntarios,
tal vez sea el sector con mayor porcentajes de retiros. Para esta comisión
interna no resulta llamativo ya que en reiteradas ocasiones hemos sido
consultados por el mal clima laboral que se vive en esa gerencia. Pero, como
sucede en estos casos, el temor a
mayores represalias hace que los trabajadores no quieran avanzar con la
denuncia.
Este tipo de conducta que rechazamos por desleal,
impropia y violatoria de los mas elementales principios que hacen a la ética
laboral empresarial, no es nueva. En la Argentina se denuncia esta práctica con reclamos legales
aproximadamente desde el año 2002. Su tratamiento, como objeto de estudio y de
análisis legal, comenzó en Europa en la década del noventa y continúa hasta la
fecha. Se trata de la figura legal denominada en la
doctrina "mobbing" (del verbo inglés "to mob" que significa
"atropellar"), que describe la "violencia psicológica laboral”
también conocida como "psicoterror laboral", ejercida desde un cargo
superior hacia personal a su cargo.
En Argentina, a principios de 2007, el gobierno nacional
creó, por resolución 5/07, en la órbita del Ministerio de Trabajo de la Nación,
la Oficina de Asesoramiento sobre VIOLENCIA LABORAL que funciona en el ámbito
de la Comisión Tripartita de Igualdad de Trato y Oportunidades (CTIO), la que
recibe denuncias sobre VIOLENCIA LABORAL, conocida como "mobbing". La
resolución define VIOLENCIA LABORAL como "toda acción, comisión o
comportamiento destinado a provocar, directa o indirectamente, daño físico,
psicológico, o moral a un trabajador o trabajadora, sea como amenaza o acción
consumada".
El mobbing (tambien llamado acoso laboral) en el ámbito
laboral consiste en la comunicación hostil y sin ética, dirigida de manera
sistemática por uno o varios individuos contra otro, que es así arrastrado a
una posición de indefensión y desvalimiento.
El "mobbing" o
"acoso psicológico laboral" es un problema económico de primera
magnitud. En toda la bibliografía consultada se considera que ataca al
producto, al cliente, a la rentabilidad, a los costos, y a la seguridad. Por
ende, se puede decir que es un problema que no sólo incide en el ambiente o
clima interno de la empresa, sino que también afecta su rentabilidad y su
imagen exterior. La organización debe estar atenta a los primeros signos de
denuncia o de creación de una situación de mobbing, ya sea fraudulento o real.
Toda organización puede estar sujeta a una situación de mobbing.
En el resumen del informe
2005-2006, la OIT (Organización Internacional del Trabajo) recomienda la
"capacitación" como actividad preventiva del mobbing. La OIT trata al
mobbing como una figura aparte y propone que las empresas tengan su protocolo
de seguridad antimobbing y como elemento esencial la capacitación, la
divulgación del problema, el diálogo con los líderes, los dirigentes
sindicales, y el nivel gerencial.
Queremos ilustrar esta
denuncia con un ejemplo:
En un reciente pronunciamiento
de la Justicia Laboral Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
(CNAT) condenó a la empresa Galeno Argentina S. A. a indemnizar a un trabajador
que se considero despedido como consecuencia directa del acoso moral o mobbing
sufrido (“Bravo María Rosa c/ Galeno Argentina S. A. s/ despido”)
Se trató de una enfermera con
más de 10 años de servicio que en los últimos tiempos recibía constantes malos
tratos de parte de sus superiores, con quienes aparentemente había competido
por los cargos de dirección.
Así, el Tribunal de
apelaciones, sobre un fallo de primera instancia dividido, revocó la sentencia
y por mayoría consideró que el dictamen pericial psicológico era contundente y
avalaba el reclamo de la trabajadora.
Este fallo además de reafirmar
la tendencia a la erradicación de las malas artes patronales en cuanto a las
condiciones de trabajo de su personal, alerta asimismo sobre la posibilidad de
que sea sancionada la empresa que no advierte la desaprensión con que a veces
se ejerce el poder delegado en trabajadores de dirección, y cómo incide el
mismo en la salud del personal. “Esta causa encuadra perfectamente en un caso
de mobbing o acoso moral, ya que la trabajadora sufrió maltratos
continuos de parte de quien le daba las órdenes de trabajo, afectando a la
misma física y psicológicamente, causándole un daño moral irreparable”, indicó
Andrea Mac Donald, jefa de Trabajos Prácticos de las cátedras Análisis
económico y financiero y de Elementos de derecho laboral y seguridad social de
la UBA. Como vemos existe una tendencia cada vez más firme en la Justicia
Nacional del Trabajo en aceptar y dar amparo a los reclamos por mobbing.
Por lo manifestado, solicitamos:
Se adjunte la denuncia al
expediente.
Se le otorgue vista del
escrito de denuncia a: Sr. Guillermo Rivaben, Gerente General del diario La
Nación; Sr. Carlos Adjoyan, Director de Recursos Humanos del diario La Nación y
al Sr. Pablo Devoto, Gerente de Recursos Humanos del diario La Nación.
Se solicite a la Dirección del
Diario La Nación que arbitre los mecanismos pertinentes a fin de hacer cesar
dichas conductas.
Se preserve la fuente de
trabajo a Jorge Omar Santángelo.
martes, 21 de octubre de 2014
Grupo Veintitrés: asamblea general por cierre de medios y amenaza de despidos
Los trabajadores del Grupo Veintitrés, propiedad de los empresarios de
medios Sergio Szpolski y Matías Garfunkel, realizarán una asamblea general el
jueves 23 de octubre para protestar contra la amenaza de despedir a diez
trabajadores efectuada desde la dirección de la compañía, tras el cierre de las
revistas Newsweek y Auto Bild.
La asamblea se llevará a cabo en las puertas de Amenabar 23, Ciudad de
Buenos Aires, a las 15. En esa cuadra se encuentran las redacciones del diario
Tiempo Argentino, Radio América, el semanario Miradas al Sur y la revista El
Sensacional, entre otros. Además, están las oficinas de la gerencia de Recursos
Humanos del Grupo.
El 14 de octubre, la gerenta de Recursos Humanos de la empresa, María
Gracia Perrone, y el director de la división de Revistas Premium, Alex Milberg,
manifestaron a los trabajadores el cierre inmediato de Newsweek y Auto Bild. Al
día siguiente, uno de los propietarios de la compañía, Sergio Szpolski, aseguró
que reducirán diez personas de la planta permanente.
Varios medios del Grupo se declararon en estado de asamblea permanente
exigiendo la continuidad laboral, ya sea en los productos mencionados o en
otros del grupo, manteniendo las condiciones de contratación. En ese marco, se
están llevando a cabo asambleas por redacción en defensa de los puestos de
trabajo.
El hecho se enmarca en un constante atraso en el pago de salarios en varios
medios y el reciente achique del sitio web Diagonales, de La Plata, donde se
intenta reducir la redacción a través de presiones similares.
Comisiones Gremiales Internas:
División de Revistas Premium
Tiempo Argentino
Revista Veintitrés
Infonews
7 Días
Miradas al Sur
Radio América
Comunidad Virtual
lunes, 22 de septiembre de 2014
Retiros "voluntarios", pre jubilaciones y trabajadores convencionados
El
16 de septiembre la empresa comunicó la prórroga de los planes de pre
jubilaciones y retiro voluntario, con una particularidad. Que en el caso de los
retiros voluntarios se aplica de manera exclusiva para el personal de la
redacción.
En
las muchas reuniones que la empresa mantuvo con el personal de la redacción
siempre sostuvo que todos los trabajadores de la misma estaban comprendidos en
lo estipulado por el artículo 43 del Estatuto del Periodista (Ley 12908), en
referencia al cálculo del monto de la indemnización.
Los
trabajadores y la Comisión Interna de prensa venimos reclamando que se apliquen
los acuerdos paritarios a todo el personal de la redacción de La Nación,
incluido en su totalidad en la Ley 12908, como bien sostiene hoy la empresa en
cuanto a los planes que propone.
Por
otro lado, en clara contradicción, La Nación S.A. no cumple con lo que mandata
la ley, discriminando a editores y categorías superiores de la redacción al
momento de otorgar aumentos según los acuerdos paritarios que ella misma firma.
La
cuestión es simple. O son convencionales para todo lo relacionado en material
laboral (horario, aumentos, etc.) o no lo son. Para ser más gráficos y
utilizando una analogía dicha por un gobernador provincial: o se está
embarazada o no se está. No existe la posibilidad de estar media embarazada.
Para
nosotros el Estatuto del Periodista Profesional es claro: incluye todas las
categorías de la redacción desde aspirante hasta director y a todos ellos les
corresponde la aplicación de los acuerdos paritarios.
La
empresa lo está reconociéndolo en los acuerdos pre jubilatorios y de retiros
voluntarios.
En
esta prórroga que pone la lupa exclusivamente sobre la redacción, la empresa
parece haber cambiado su metodología. Tanto en las reuniones con todo el
personal como en las mantenidas con esta Comisión Interna siempre mantuvo el
criterio, al menos en las palabras, de que la desvinculación era libre y
optativa, y de que nadie iba a ser presionado a retirarse de la empresa.
Se
nos informa que en esta segunda instancia se estaría presionando a algunos
trabajadores en particular para que se desvinculen de la empresa.
La
Comisión Interna reclama que la empresa mantenga su palabra y que cesen dichas
presiones. La disposición de aceptar estos planes debe producirse en total
libertad y debe ser producto de una decisión estrictamente voluntaria.
Para
la mejor información de los trabajadores transcribimos el artículo del Estatuto
que habla de las desvinculaciones al que hace mención la empresa:
Art.
43 [Texto según ley 16.792*].- En casos de despidos por causas
distintos a las expresamente enunciadas en el art. 39, el empleador
estará obligado:
a)
Preavisar el despido al dependiente, con uno o dos meses de anticipación a la
fecha en que éste se efectuará, según sea la antigüedad del agente menor o
mayor a tres años, respectivamente a la fecha en que se haya de producir la
cesación. El plazo del preaviso comenzará a computarse a partir del primer día
hábil al mes siguiente al de su notificación, debiendo practicarse ésta por
escrito. Durante la vigencia del preaviso subsisten las obligaciones emergentes
del contrato de trabajo, debiendo el empleador otorgar a su empleado una
licencia diaria de dos horas corridas, a elección de éste, sin que ello
determine disminución de su salario;
b)
En todos los casos de despido injustificado, el empleador abonará a su
dependiente una indemnización sustitutiva equivalente a dos o cuatro meses de
retribución, según sea la antigüedad del agente menor o mayor de tres años a la
fecha de la cesación del servicio;
c)
En todos los casos de despido injustificado, el empleador abonará una
indemnización calculada sobre la base de un mes de sueldo por cada año o
fracción mayor de tres meses de antigüedad en el servicio. En ningún caso esta
indemnización será menor a dos meses de sueldo;
d)
Sin perjuicio del pago de las indemnizaciones establecidas en los incisos b y c
que anteceden, el empleador abonará, además, a su dependiente, en los casos de
despido injustificado, haya o no mediado preaviso, una indemnización especial equivalente
a seis meses de sueldo;
e)
A los fines de la determinación del sueldo a considerarse para el pago de las
indemnizaciones previstas en los incisos b, c y d de este artículo, se
tomará como base el promedio que resulte de lo percibido por el dependiente en
los últimos seis meses, o durante todo el tiempo de prestación de servicios, si
éste fuera inferior, computándose a tal efecto las retribuciones extras,
comisiones, viáticos -excepto, en cuanto a éstos, la parte efectivamente
gastada y acreditada con comprobantes- gratificaciones y todo otro pago en
especie, provisión de alimentos o uso de habitación que integre, con
permanencia y habitualidad, el salario, sobre la base de una estimación o
valorización del dinero, conforme a la época de su pago.
*** *** ***
Para
argumentar lo dicho que mejor que transcribir un fallo judicial donde se
confirma lo dicho:
A
los fines de establecer la base de cálculo de las indemnizaciones contempladas
en el art. 43 de la ley 12.908, debe considerarse la incidencia del SAC. En
efecto, a diferencia de lo que sucede con la base remuneratoria que prevé el
art. 245 de la LCT –que remite a la consideración de la mejor remuneración
normal y habitual de pago “mensual”-, el art. 43 inc. e) de la ley 12.908 se
refiere al promedio que resulte de lo percibido durante los últimos seis meses,
a cuyo efecto, ordena computar las retribuciones extras y las gratificaciones
de todo tipo. Dado que el SAC es una remuneración que se devenga a partir de
cada prestación y que se debe abonar en forma semestral (arg. arts. 121 y 122
LCT) su incidencia debe ser considerada para establecer la base de cálculo de
las indemnizaciones. C.N.A.T. S.II. S.D. 94.462 del 20/09/2006. Exp.
16.504/2005. “ESTEBAN, Alicia Beatriz c/Cámara Argentina de la Propiedad
Horizontal y Actividades Inmobiliarias s/despido”.
viernes, 22 de agosto de 2014
No reabren la paritaria, retiros voluntarios según el comunicado y seguimos con las discusiones sobre los feriados
Comunicado emitido por la empresa que hace referencia el acta:
Planes para el personal
|
Dentro de un conjunto de acciones relacionadas con la mejora
de la productividad y eficiencia de la empresa, entre otros proyectos hemos
desarrollado un esquema de planes de retiro para ofrecer a nuestro personal:
·
Un plan de prejubilación para todos los empleados con 57 años
de edad y superiores.
·
Un plan de retiro voluntario para todo el personal comprendido
en convenio (Convenios de Prensa y Gráficos) y con antigüedades en la empresa
superiores a los 5 años de trabajo.
Ambos ofrecimientos estarán abiertos a la consideración de los
grupos de personal mencionados hasta el 15 de septiembre de 2014 y serán de
aceptación individual y voluntaria.
A través de las respectivas gerencias recibirán en los
próximos días la información ampliada de los planes así como
también la información detallada correspondiente a cada caso.
Asimismo, cualquier consulta particular podrá ser realizada en
Recursos Humanos con Pablo Devoto, Enrique Pagliaricci ó Mariano Renovales.
S.A. LA NACION
|
jueves, 31 de julio de 2014
¿Retiros voluntarios?
Compañeros
En la última reunión mantenida
con la empresa por la mejora del acuerdo paritario esta deslizó que en los
próximos meses iban a iniciar un proceso de "Retiros voluntarios y
prejubilaciones". No nos dieron detalles del cómo se implementaría.
Solamente manifestaron que en estos días iban a definirlo.
¿Será
este el nuevo eje de la política de la patronal del diario La Nación, seremos
siempre los trabajadores la variable de ajuste en las idas y vueltas del
negocio de nuestros empleadores, volveremos a prácticas pasadas?.
Por eso insistimos, más que
preocuparnos por algo que parece inevitable, deberíamos ocuparnos. Otra vez se
abre un futuro incierto.
Año tras año venimos sufriendo
este tipo de medidas. Nada indica que exista un cambio en el futuro. Los que
seguramente no sean afectados hoy por este recorte, podrán serlo en años
venideros, la empresa siempre encontrará excusas que justifiquen recortes de
personal. Y seguramente, seremos los que hoy estamos trabajando, los afectados.
No es bueno vivir del pasado
pero tampoco es bueno olvidarlo, seguramente lo mejor es aprender de este. Y
fue hace poco, precisamente en el 2009 cuando se realizo un proceso de
desvinculaciones que implico la “partida voluntaria” de más de 100
personas con cierre de sucursales, etc.. Hay que recordar que fueron "seleccionados"
enfermos, personas mayores de 55 años e “indeseables”. Los puestos casi no
fueron cubiertos. Y los pocos que si lo hicieron, fueron con el régimen de 9
horas y sueldos inferiores.
La Comisión Interna sugiere a
los compañeros a los que se les "proponga" algún tipo de
desvinculación que se tomen el tiempo necesario de evaluar la propuesta. No
deberían estar obligados al sí. Creemos que esta metodología no es más
que un despido encubierto disfrazado de una propuesta conciliadora realizada en
forma arbitraria e unilateral a espaldas de los intereses de todos nosotros.
También creemos que defender los puestos de trabajo es una tarea de todos
porque con cada compañero que se va se deteriora la calidad de vida laboral del
resto.
La Comisión Interna está a disposición
de todos los compañeros, no duden en acudir a la misma para cualquier tipo de
ayuda.
Gladys
Brotzman Cel. (15)5378-8863
Marita
Recoaro Cel. (15) 4090-1423
Irene
Haimovichi Cel. (15) 3704-5007
Carlos
De Mori Cel. (15)4044-1289
Alfredo
Migueles Cel. (15)6502-8039
Antonio
Soriano Cel. (15)6279-3242
lunes, 21 de julio de 2014
INFORME DE REUNION DE LA COMISION INTERNA CON RRHH
El miércoles 16 del presente mes la comisión interna
mantuvo una reunión con el departamento de Recursos Humanos por los siguientes
temas:
§ Petitorio en el
que los trabajadores reclamamos la apertura de una instancia de negociación
salarial interna. A pesar de las 232 firmas presentadas la empresa dice NO.
§ Petitorio de los
compañeros de circulación recientemente mudados desde la planta al nuevo
edificio de Vicente López, con una serie de reclamos. En general la respuesta fue negativa,
excepto en lo concerniente a la tarjeta de refrigerio que se les va a
conservar.
§ Se reclamó el
problema de la iluminación en el tercer piso, donde los compañeros de
diagramación y edición fotográfica y redactores vienen planteando dificultades
por el rebote de la luz en las pantallas de las computadoras. La respuesta de
la empresa fue que va a consultar con el arquitecto Feuerman, gerente a cargo
del tema edilicio. Informamos que ya se había conversado con el mismo y que la
respuesta es que se trata de una disposición del consorcio del edificio. En
este caso se pone una decisión del
consorcio Por sobre la salud de los trabajadores.
§ En la
liquidación del aumento paritario hubo un error en el item antigüedad
(no fueron aplicados los aumentos respectivos). Se informó de esto y se reclamó
su pronta liquidación.
§ Se solicitó el
pago de los feriados trabajados y también la
respuesta fue NO.
Como verán la voluntad de la empresa de tener una
verdadera mesa de diálogo y negociación con los trabajadores es nula. Está
claro que con el diálogo sólo no es suficiente. A pesar de las 232 firmas la
empresa sigue en una posición cerrada, ni siquiera contempla
alternativas que nos permitan mejorar nuestros ingresos en estos tiempos tan
difíciles para los trabajadores. Está en nosotros encontrar alternativas
para conseguir que la empresa nos tome en cuenta.
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